sábado, julio 28, 2018

COLOMBIA: Así podrá comprar más barato cuando vaya a mercar

 Fuente: El Colombiano

Así podrá comprar más barato cuando vaya a mercar

Foto Juan Fernando Cano

POR NATALIA CUBILLOS MURCIA | PUBLICADO EL 27 DE JULIO DE 2018

7 de diciembre, fecha máxima para que el comercio electrónico aplique la medida.

Si usted es de los que va a hacer mercado y no sabe si lo que compra es realmente una promoción o qué tan barato es el precio frente a productos similares esta información le va a interesar.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) exigió a los establecimientos publicar en la etiqueta el Precio por Unidad de Medida (PUM) en los productos, es decir, es su obligación mostrar la división del precio total entre la cantidad neta, longitud o área correspondiente al producto en cuestión, medida que rige desde el pasado 7 de junio.

Con esto se busca que los consumidores tengan la información “clara y precisa” para “facilitar la comparación de los precios de un mismo producto dentro del mismo establecimiento de comercio”, aseguró el superintendente Pablo Felipe Robledo.

Según aclaró el funcionario, con la medida se busca que el consumidor sepa cuál es el producto más barato, “no cuál es el de mejor calidad”.

En el caso de las promociones usted solamente encontrará el precio de “lo que en la relación de consumo se está comprando” y no lo que está recibiendo de regalo del producto, explicó el funcionario, específicamente con el “extracontenido”.

Si la oferta se enmarca en un precio especial, encontrará la misma operación PUM sobre el valor promocional. Y si hay varias unidades en un solo empaque, lo que estará en la etiqueta es el valor por unidad.

Hay excepciones

Exentos de esta medida, están productos como mezclas para preparar, que vienen en un solo paquete; así como los combos, anchetas o paquetes compuestos de cinco o más productos; los bienes ensamblados o incorporados a otros (por ejemplo: bisagras); y los preparados ofrecidos en restaurantes o cafeterías de los almacenes.

Si bien este es un instrumento obligatorio para los autoservicios, métodos de venta a distancia (catálogos, folletos), desde el 7 de junio; para las compras por comercio electrónico, la decisión entrará en vigencia al final de año, desde el 7 de diciembre de 2018, pues los empresarios deben hacer los ajustes en su página web, según anunció el Superintendente.

En caso de que los comercios no apliquen esta medida, los usuarios podrán exigirla e incluso, denunciar la falta ante la Superintendencia para que se tomen medidas .

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