miércoles, febrero 15, 2023

Invima publicó calendario de agotamiento de etiquetas | IAlimentos

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Invima publicó calendario de agotamiento de etiquetas





Invima publicó calendario de agotamiento de etiquetas
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Invima publicó calendario de agotamiento de etiquetas31/01/2023 7:43 am


Empaques, equipos y materiales

Normatividad y regulación


Redactado por:

Jorge Iván Parada Hernández, periodista de IAlimentos


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El ente regulatorio fijó los plazos determinados para que los productos con etiquetado desactualizado agoten sus empaques de cara a las modificaciones implementadas por el mismo Invima.

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) ha publicado el plazo para que las empresas en la industria alimentaria y farmacéutica agoten el stock en productos etiquetados que estén desactualizados en conformidad con la normativa vigente.

Hasta el próximo 28 de febrero tendrán las empresas para adelantar el trámite ante el Invima de los productos que responden a la Resolución 333 de 2011 y la Resolución 810 de 2021, además de los productos que no cuenten con rotulado nutricional.

De realizar este trámite, las empresas tendrán hasta el 14 de junio de 2024 para agotar sus etiquetas. Por otra parte, si no se adelanta dicha gestión frente a la entidad, pero cumple con las condiciones de uso de adhesivos que incluyan etiquetado nutricional y de advertencia, podrá comercializar sus productos hasta el 15 de diciembre de 2023.



A partir del 15 de junio de 2024 los productos sin etiquetado nutricional y los referenciados en las resoluciones 333 de 2012, 810 de 2021 y 5109 de 2005 que no cumplan con el rotulado nutricional y de advertencia deberán ser retirados del mercado por parte del productor o comercializador. La Resolución 2492 de 2022 entra en vigencia a partir de los seis meses después de la publicación de dicha reglamentación, es decir, a partir de junio 15 de 2023.

Adicionalmente, los productos en envases retornables tendrán un plazo de 5 años para dar cumplimiento sin previa autorización del Invima, es decir, hasta el 15 de junio de 2027; no obstante, a partir del 16 de junio de 2023 los sellos frontales deben estar en la cara frontal de la etiqueta o en la tapa para los productos que no se puedan etiquetar en la cara frontal.

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